La Ley 65-00 de Derechos de Autor y sus modificaciones deben ser motivos de campañas publicitarias permanentes por parte de ONDA y las agencias recaudadoras.

Los programas radiales, de televisión y hasta los de streaming, deberían mencionar de manera obligatoria, el compositor de cada una de las canciones que emiten. Pero sobre todo los intérpretes deberían estar obligados a informarlo al público en cada presentación. Eran prácticas bastante comunes en los años 60 a los 80 del pasado siglo, en muchos países.

Eso ahorraría muchos casos de olvidos y “olvidos”. De malos entendidos y sobre todo de injusticias.

Por ejemplo, cualquiera que escuche hoy Contigo en la distancia, puede pensar que es de Luis Miguel, y no de César Portillo de la Luz, fallecido en La Habana el 4 de mayo del 2013, a los 91 años.

Colón y Martinho

Hace pocos días, con motivo del fallecimiento del gran innovador de la salsa Willie Colón, cometí la pifia de “darle” la autoría del tema Mi sueño. Es un tema tan pegajoso, con una letra tan envolvente, que por ahora lo escucho todos los días. El tema lo había escuchado muchas veces. Siempre me llamaba la atención lo de la acentuación de la palabra bohemia en la última sílaba.

Un reconocido periodista venezolano amigo del músico, afirmó en un programa de tv que eso lo había hecho Willie como licencia poética para rimar.

La pasada semana, como un milagro, apareció en Youtube, sin buscarlo, el verdadero autor de esta canción. Se trata del brasileño Martinho Da Vila, solo que en portugués la canción original lleva como título Disritmia.

Versión original:

El autor de 88 años está vivo y actuante. He podido apreciar una de sus presentaciones cantando la canción de no hace mucho tiempo. Y he escuchado su grabación original. También indagué y vi un video de la segunda ocasión que Willie Colón se presentó en Bogotá. En un popular programa de televisión de inicio de los 70. Era un jovencísimo Willie Colón agradecido al público quien anunció la canción y su autor, y que Mi sueño era una versión suya.

Realmente podemos decir que es un arreglo rico en salsa, con más instrumentos que el original, que es a ritmo de samba. Pero, aún así, la letra (traducida al español) y la melodía son de Martínho da Silva.

Pude entender entonces la razón de “bohemía” que en portugués, en vez de bohemia, se escribe y se pronuncia acentuada en la última sílaba. Comprendí aspectos que no lograba entender, como el uso de las palabras “dengo” que significa ternura. Y “apelos”, que significa reclamos, ya que viene de la raíz apelación.

De cualquier manera tanto la interpretación original como la versión de Colón, son maravillosas. Porque se trata de una canción fuera de serie.

Sin embargo, la versión española hecha hace pocos años por su autor, no supera la de Willie Colón.

Los derechos

El derecho de autor no perime. Aún cuando la familia del autor deje de percibir pagos de esos derechos. El nombre del autor queda atado a su obra para siempre. ONDA junto a Sgacedom y otras agencias recaudadoras deben lanzar campañas que expliquen el por qué del derecho de autor.

¿Cuándo una obra pasa a ser de dominio público?

En la República Dominicana, según la Ley 65-00 de Derecho de Autor y sus modificaciones (Ley 424-06), las obras pasan al dominio público 70 años después de la muerte del autor. Este plazo se calcula a partir del 1° de enero del año siguiente al fallecimiento. Dominio público no quiere decir que el autor deje de ser su autor. Sino que no hay que pagar por su ejecución.

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